Desde este 1 de agosto, comenzará a regir la Ley Karin, ley N°21.643 que modifica el Código del Trabajo en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, y la cual nació a raíz del lamentable caso de Karin Salgado, TENS (Técnico en Enfermería Nivel Superior) y quién se quitó la vida un 12 de noviembre 2019 por sufrir acoso laboral en el Hospital Herminda Martín de Chillán.
Carolina Latorre, abogada laboral, explicó algunos de los puntos claves de esta ley, la cual regulará las relaciones laborales.
¿Cuál es el objetivo de esta ley?
Su objetivo es promover ambientes de trabajo sanos, libres de violencia, en un marco de respeto de los derechos de los y las trabajadores.
¿Cuáles son las obligaciones de los empleadores?
⁃ Preparar protocolos de prevención a fin de evitar la ocurrencia de hechos no deseados, para lo cual se debe identificar y evaluar los potenciales riesgos existentes, implementar medidas de prevención y fomentar la mejora continua.
En esta línea, la abogada explicó que estos protocolos deben estar vigentes antes del 1 de agosto. En el caso de que la empresa tenga reglamento de orden, higiene y seguridad que de conformidad a la ley, este protocolo deberá estar contemplado en el.
⁃ Tener procedimientos de investigación de denuncias, las cuales deberán ser claros para abordar estas conductas, con un enfoque especial en la confidencialidad, imparcialidad, rapidez y perspectiva de género. Este procedimiento debe seguir una serie de requisitos y directrices que entrega la ley y su reglamento.
⁃ Implementar un sistema de capacitación interna: Asegurar la formación y sensibilización de todos los empleados respecto a estos temas, contribuyendo así a un ambiente laboral seguro y respetuoso. Para que esto de conformidad al reglamento dictado recientemente, se deberán realizar capacitaciones a lo menos una vez al semestre.
⁃ Proteger a las personas que denuncian: Tan pronto como se reciba una denuncia de un/a trabajador/a, el empleador deberá tomar medidas de resguardo para proteger la integridad del denunciante.
⁃ Investigar las denuncias: El empleador tiene la obligación de iniciar el proceso de investigación, siguiendo el procedimiento que se debió haber preparado, velando por la privacidad y honra de todos los involucrados.
⁃ Sancionar a los infractores: Si los hechos denunciados son veraces, el empleador tiene el deber de aplicar sanciones proporcionales al hecho denunciado, las cuales incluso pueden llegar al despido del infractor o infractora.
¿Qué sucede cuando es el empleador el que incumple con la ley?
Pueden ocurrir dos cosas, -y depende del tipo de incumplimiento-, pero si no realiza las acciones obligatorias de la ley como: hacer el protocolo y modificar la normativa entera para el establecimiento, lo que puede ocurrir es que lo multen y le reiteren las veces que sea necesario hasta el cumplimiento, es ahí donde las multas puede ser altas, dependiendo el tamaño de la empresa, es decir, la multa será proporcional al tamaño de la empresa.
Por otro lado, el trabajador que está siendo acosado en el trabajo, y en donde el empleador no ha aplicado los protocolos, puede: denunciar dicha situación a la Dirección del Trabajo o bien, en casos graves, y que requieran la intervención del tribunal, pueden accionar contra su empleador por tutela de derechos fundamentales con relación laboral vigente, solicitándole al tribunal que se tomen las medidas de resguardo, además de solicitar indemnizaciones en caso de haber sufrido daño y este se acredite.
¿Qué pasará con el trabajador que queda denunciado? Quedará suspendido hasta que termine la investigación? O ¿será despedido?
Eso depende del protocolo, puede que no sea suspendido, sino que sea cambiado de área. Sin embargo, si se acreditan los hechos de que ha incurrido en conductas de acoso sexual o laboral, el empleador tendrás facultad de despedir al trabajador agresor invocando una de las causales graves que no dan derecho a indemnización alguna, y basar dicho despido en la investigación arribada a conformidad del protocolo.
Lo anterior, es una causal grave que hace perder todos los años de servicio, así que, es importante que no sólo los empleadores se informen para cumplir, sino también los trabajadores, ya que se sanciona el hecho de la existencia del acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo.
¿Qué se espera que pase luego de que esta nueva ley entre en vigencia?
Principalmente, se espera que el establecimiento de sanciones y procesos, los que deberán ser seguidos por los empleadores, tanto del mundo público como privado.
En Calama tenemos muchas denuncias anuales por acoso laboral, y lamentablemente la Inspección muchas veces no da abasto para dar la atención a todas las situaciones, ahora con la implementación de la ley se le entregan más herramientas a trabajadores para exigir a su propio empleador que tome medidas urgentes, lo que debería a la larga entregar más certezas para la eliminación de espacios violentos de trabajo.