Durante el primer día de votaciones, una publicación sobre la presunta publicidad que estarían haciendo algunos candidatos a través de redes sociales, causó controversia por alguna inconsistencia en la información y que por lo mismo se determinó bajar rápidamente.
Ante la molestia de algunos candidatos es que se dio la oportunidad del derecho a réplica y que fue aceptado por la candidata Leslie Moll, quien dijo lo siguiente:
En mi derecho a réplica por la publicación anterior, quiero aclarar que la difusión por medio digitales como redes sociales, correo electrónico o telefonía, etc. Son considerados como comunicaciones privadas o personales, por lo tanto no se consideran como propaganda electoral como tal. Es más son parte de la libertad de informar y emitir opinión de parte del candidato o candidata.
Para dejar en claro según la Ley electoral del Servel en el artículo N⁰86 dice, que toda actividad en medios digitales o redes sociales que no se realice con un pago de por medio, no se considera como propaganda política como tal.
Por esta razón dejo en manifiesto y para que no se cometan los mismos errores en un futuro, es esencial estar informados e interiorizarse sobre esta ley cuando eres candidato o medio de comunicación.