Dos años duró el proceso penal que vinculó a tres jóvenes antofagastinos con un mediático incendio que habría sufrido una locomotora de la empresa de Ferrocarriles del Estado en el contexto de las manifestaciones del Estallido Social. Se trata de hechos que se remontan a enero de 2020 y esta tarde el Tribunal Oral en lo Penal de Antofagasta absolvió a dos de ellos de todos los cargos y a uno lo condenó por el delito de incendio, pero bajo una figura residual que le rebaja la pena solicitada de 10 a 3 años de condena.
En fallo unánime, los jueces orales, tras conocer los antecedentes de las defensas, resolvieron que respecto de AAPT y SMAP no fue posible acreditar participación en los hechos que se le imputaban y en el caso de CAQR, el delito de incendio fue recalificado desde la figura más agravada con peligro para las personas, a una más bien residual que permite rebajar la pena que se solicitaba por el Ministerio Público. Cabe destacar que en esta causa, a la acción pública de la Fiscalía, se habían sumado las querellas del Gobierno Regional y de la Empresa de Ferrocarriles Antofagasta, solicitándose una pena de 6 años en regimen cerrado y 3 más en semi cerrado para el caso de los adolescentes absueltos y 10 años para quien resultó condenado, pena que podría rebajarse sustancialmente y con un límite máximo de 3 años.
En la lectura del fallo, los magistrados expresaron que durante el juicio oral, se logró acreditar que los jóvenes absueltos no habrían tenido participación en los hechos que se le imputaban, ya que ninguno de los testigos aportados por el acusador lo sindicaron como autores de los delitos. Asimismo, expusieron que en relación a los delitos asociados a los hechos que forman parte de la carpeta investigativa, no fue posible acreditarlos.
Al respecto, el defensor juvenil Francisco Barahona, a cargo de la defensa de AAPT, manifestó que “si bien nuestro representado participó en las manifestaciones que se desarrollaron durante el llamado estallido social, siempre lo hizo en forma pacifica, por lo que nunca portó elementos incendiarios ni menos pudo arrojarlo. Además, no estuvo cerca de la locomotora que resultó incendiada. Estamos muy conformes con el resultado obtenido”, expuso el defensor juvenil.
Además, resaltó que pese a que desde la primera etapa de la investigación se alegó la inocencia del joven, estuvo privado de libertad en un centro de internación provisoria por más de seis meses, expresó que “aquí estamos frente a un caso de uso excesivo de una medida cautelar tan intensa como es la privación de libertad, que es doblemente restrictiva en el caso de un adolescente, ya que la internación provisoria deja una huella en el desarrollo del joven que nunca había sido detenido. Entendemos que esta situación debe ser tomada en cuenta a futuro, al momento de cuestionarse una medida cautelar tan intensa como es la privación de libertad”.
En este mismo sentido, el Defensor Regional de Antofagasta, Ignacio Barrientos Pardo, resaltó que los imputados estuvieron seis meses privados de libertad y, hoy, los resultados que se obtuvieron en el Tribunal Oral, demuestran que aquello no debió haber ocurrido. Este resultado demuestra el compromiso de nuestros defensores pero también deja patente que las medidas cautelares privativas de libertad son usadas de manera desproporcionada”, finalizó.