Tras varias horas de un tensionado debate en la Cámara de Diputados y Diputadas, esta tarde se aprobó con 95 votos a favor, 25 en contra y 31 abstenciones la idea de legislar una reforma constitucional que permita el retiro de fondos de las AFP hasta por un 10 por ciento.
Debate que se pudo zanjar gracias a los votos de 13 diputados de Chile Vamos (9 de RN y 4 UDI) que permitieron que se alcance el quórum necesario.
Los votos oficialistas a favor fueron: Pedro Pablo Álvarez-Salamanca (UDI), Andrés Celis (RN), Eduardo Durán (RN), Ramón Galleguillos (RN), Aracely Leuquén (RN), Miguel Mellado (RN), Celso Morales (UDI), Christian Moreira (UDI), Erika Olivera (RN), Pablo Prieto (indep bancada RN), Hugo Rey (RN), Leonidas Romero (RN), Virginia Troncoso (UDI).
La Diputada Catalina Pérez, sobre esta aprobación señaló que “hoy escuchamos al presidente llamar en persona a parlamentarios y parlamentarias, vimos al Gobierno correr desesperado con ofertones de última hora para buscar impedir el retiro del 10% de los fondos de pensiones. Y pese a los esfuerzos deshonestos y desesperados del Gobierno, logramos aprobarlos”.
Agregó que “las familias están viendo la peor cara de esta crisis y el Gobierno se ha dedicado a impulsar medidas precarizadoras. Con este proyecto buscamos aliviar un poco la realidad de las y los trabajadores, que ya no aguantan más y que están totalmente abandonados por el Estado. Aún queda mucho por avanzar y esperamos seguir corriendo el cerco”.
Ahora y luego de sortear esta primera valla, la iniciativa irá a la Cámara Alta para ser revisada, para luego ser traspasada a la Comisión de Constitución del Senado en donde la iniciativa podrá ser objeto de modificaciones o adiciones, lo que, de ser así; de proponerse algún cambio, el proyecto irá al Senado se revisará, para que retorne a la Cámara de Diputados.
Varios días más deberán pasar para que el proyecto pueda lograr promulgarse, ya que, una vez aprobado por ambas cámaras, se debe esperar también la determinación del Presidente de la República quien tras recibir la iniciativa puede rechazarlo o también puede formular vetos (aditivos, sustitutivos o supresivos) u observaciones. En este caso, el proyecto será devuelto a la Cámara de Diputados, con las observaciones mencionadas, dentro del plazo de 30 días. Finalmente, de ser aprobado el proyecto de ley por el Presidente de la República, dentro de un plazo de 10 días debe dictar un decreto, que se denomina “decreto promulgatorio”. En este se declara la existencia de la ley, dejando de ser ésta un mero proyecto y se ordena sea cumplida, para posteriormente ser publicada en el Diario Oficial.