La Corte de Apelaciones rechazó el recurso interpuesto por seis shoperías de Calama que buscaban dejar sin efecto la ordenanza municipal que restringe su funcionamiento hasta la 1:00 de la madrugada, confirmando la legalidad del decreto y de la ordenanza impulsada por el alcalde, ratificando la facultad del municipio para regular los horarios de expendio de alcohol en la comuna.
El alcalde informó que la resolución judicial “da la razón al municipio y a este alcalde, que desde un inicio ha defendido la necesidad de ordenar y regular la vida nocturna en el centro de Calama (…) es impresentable que estos locales operen hasta las cuatro de la mañana, generando inseguridad y desorden en el sector”.
“Nos demandaron para no aplicar esta ordenanza, pero la Corte determinó que nuestro decreto es completamente legal y que responde al deber de proteger a la comunidad”, agregó el jefe comunal, subrayando que la ordenanza fue aprobada por el concejo municipal y será aplicada “al cien por ciento” en el cuadrante centro.
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No obstante, el concejal Claudio Maldonado reconoció que, aunque la medida fue aprobada por el Concejo Municipal, persisten dudas sobre su ejecución. “No hemos recibido ningún informe del alcalde, ni de inspección ni de seguridad pública, que detalle cómo se está aplicando la ordenanza, en qué días se fiscaliza o cuáles son los resultados de los primeros meses”, señaló.
Maldonado también criticó la forma en que se elaboró la normativa, asegurando que “hubo apuro y falta de consulta al Consejo de la Sociedad Civil”, lo que a su juicio refleja improvisación. Además, advirtió sobre una eventual “desigualdad en la aplicación de la norma”, señalando que algunos locales fuera del radio urbano no estarían siendo fiscalizados con el mismo rigor.
Pese a las diferencias, el fallo de la Corte de Apelaciones marca un precedente a favor de la gestión municipal en materia de regulación horaria y control de locales nocturnos.