La Contraloría General de la República (CGR) publicó el undécimo Consolidado de Información Circularizada (CIC), informando que 312 municipalidades del país —el 90 % del total— no han cumplido con remitir a la Subsecretaría de Prevención del Delito toda la documentación relacionada con sus Planes Comunales de Seguridad Pública y las sesiones del Consejo Comunal de Seguridad Pública correspondientes a 2024 y 2025.
Entre ellas se encuentra el municipio de Calama, el cual ha reportado solo entre dos y seis sesiones del consejo durante 2024, incumpliendo la norma que exige una sesión mensual. Cabe destacar que esta comuna figura entre las municipalidades con mayor riesgo de vulnerabilidad socio delictual.
A nivel regional, Antofagasta mantiene uno de los porcentajes más bajos de cumplimiento, junto con Aysén, con apenas un 45 % en el envío de actas y la actualización anual de los Planes Comunales de Seguridad Pública.
Esta falta de cumplimiento debilita la coordinación entre autoridades locales, policías, entidades públicas y comunidad, afectando la eficacia de las acciones de seguridad pública.
¿Cómo funciona?
En agosto de 2024, cifras de la Subsecretaría de Prevención del Delito y el INE revelaron que un 87,6 % de los chilenos percibe un aumento de la delincuencia, y un 34,8 % de los hogares urbanos fue víctima de algún delito en el último año. Para enfrentar esta situación, se creó el Índice de Vulnerabilidad Socio Delictual (IVSD), que clasifica a las comunas en “Urgentes” y “Rotativas” según su nivel de riesgo, priorizando la entrega de recursos y apoyo técnico.
La Ley de Municipalidades exige que los municipios elaboren Planes Comunales de Seguridad Pública y activen Consejos Comunales de Seguridad para monitorear el funcionamiento de estas instancias, apoyar la formulación y actualización de planes, y garantizar su alineación con el Plan Nacional de Seguridad Pública.
La documentación debe enviarse a través del Sistema de Registros de Sesiones de Consejos, Diagnóstico y Planes Comunales (SIRECC) dentro de los diez días hábiles posteriores a cada sesión. El alcalde es responsable de informar a la Subsecretaría de Prevención del Delito.
La importancia de esta normativa radica en que entrega a los municipios herramientas de gestión y coordinación para implementar medidas intersectoriales que mejoren la seguridad y calidad de vida de sus comunidades.