Luego del anuncio que realizó el Presidente Sebastián Piñera en cuanto a promulgar el proyecto de ley que sanciona como delito el uso, venta y fabricación de fuegos artificiales, el Intendente de la región Rodrigo Saavedra fue enfático en recalcar que lo que era conocido como una falta “ahora será conocido como un delito incorporando nuevas tipificaciones legales y estableciendo penas de presidio”.
Esta ley sancionará con penas de presidio el uso, venta y fabricación de fuegos artificiales y a quien dispare armas de fuego, cohetes, petardos u otros proyectiles.
“Para esto, modifica la ley de control de armas y el código penal, que actualmente sancionan como falta, con pena de multa, estas acciones. La ley sanciona con mayor gravedad los delitos cuando, además, perturban gravemente la tranquilidad pública o infunden temor en la población, en cuyos casos las penas de los delitos tipificados aumentarán”, dijo Saavedra.
Sanciones
Dentro de las principales tipificaciones destacan, posesión o tenencia de fuegos artificiales -presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días), o multa de 5 a 20 UTM-. Fabricación, transformación, importación, internación, exportación, transporte, almacenaje, distribución, adquisiciones o celebración de convenciones respecto de fuegos artificiales -presidio menor en su grado medio, es decir, entre 541 días a 3 años de cárcel, y multa de 10 a 20 UTM-.
Además, se puede determinar clausura definitiva del establecimiento utilizado para dichos actos, o clausura temporal como medida cautelar mientras dure la investigación. Disparo de fuegos artificiales -presidio menor en grado mínimo a medio, es decir, desde 61 días a 3 años de cárcel, y multa de 10 a 20 UTM-.
Por último la pena aumenta a presidio mayor en su grado mínimo, de 5 años y un día a 10 años, cuando disparo se realiza con armas “hechizas” o de fogueo.