Tras reunirse con el Ministro de Educación, Nicolás Cataldo, y la Subsecretaria de Educación, Alejandra Arratia, el Directorio Nacional del Colegio de Profesoras y Profesores de Chile informó que este lunes 2 de diciembre, el Gobierno enviará al Congreso Nacional el proyecto de ley de Reparación de la Deuda Histórica.
En esta línea, el Presidente Nacional del Gremio Docente, Mario Aguilar mencionó que hubo una ceremonia con el Presidente de la República, quien firmó el proyecto, lo que marcó el inicio de su tramitación en el Congreso. Además, agregó que lo analizado fue básicamente la propuesta conocida, sin embargo, expresó que eso se ratificaría cuando se conociera la redacción definitiva del proyecto.
“Ahí viene otra etapa, que es asegurar su aprobación. Por supuesto, también vamos a intentar y hacer las gestiones para ver si el proyecto mejora, sabemos que es una cifra modesta y que el plazo de pago no es el que hubiésemos querido, ojalá sea en menos de seis años, eso lo vamos a intentar, pero no podemos asegurar que se consiga, ya que se necesita patrocinio del Gobierno, aunque los parlamentarios presenten indicaciones, pero vamos a hacer el intento”.
Beneficiados
Se estima, que aproximadamente 58 mil docentes recibirían este pago después de 44 años de espera debido al perjuicio salarial sufrido por miles de profesoras y profesores de escuelas públicas durante la dictadura. Durante ese período, la administración escolar pasó del Estado a las municipalidades, lo cual impidió a los docentes recibir el reajuste salarial del Decreto Ley N° 3.551 (Artículo 40), desconocido por sus nuevos empleadores.
La propuesta del Gobierno
• Universo: Se considerará una reparación para todos las y los docentes afectados vivos.
• Monto de reparación por persona: 4,5 millones de pesos por docente, reajustables por año.
• Plazo de pago: La reparación se pagará en 6 años, desde octubre de 2025 a enero de 2031.
• Forma de pago: El pago será progresivo, comenzando el año 2025 con las personas de mayor edad, avanzando por grupos de manera anual, continuando el criterio de cobertura desde los de mayor a los de menor edad. La entrega de esta reparación a cada grupo será en 2 cuotas iguales, siendo la primera cuota en octubre del año correspondiente a cada grupo, y la segunda cuota en enero del año siguiente.
• Transmisibilidad: El proyecto considera la transmisibilidad, para los casos de las y los beneficiarios que, teniendo la calidad de titulares de la reparación, fallezcan durante el período de pago que les corresponda.
• Incompatibilidad con otras acciones de reparación: La reparación propuesta no se hará extensiva a las personas que ya han recibido un pago asociado a esta afectación, por acción de tribunales nacionales o internacionales, o por alguna otra forma de pago. También será incompatible con otras instancias de reclamación en curso o futuras.
• Identificación de personas beneficiarias: El Ministerio de Educación ya cuenta con un listado de personas que fueron parte del proceso de traspaso de la educación escolar a la administración municipal, donde se encuentra una amplia mayoría de las personas afectadas.
El proyecto de ley indicará los requisitos que deben cumplir las personas que no se encuentran en esa nómina, para recibir la reparación.