Con un llamado a la inscripción, el Ministerio de Obras Públicas de la Región de Antofagasta inició la convocatoria para la constitución de su Consejo de Organizaciones de la Sociedad Civil (Cosoc) para el periodo 2026-2028, instancia clave de participación ciudadana, según mandata la ley.
El plazo para la inscripción de organizaciones sin fines de lucro comenzó el pasado 19 de noviembre y se extenderá hasta el jueves 11 de diciembre de 2025, a través de la página web del Ministerio de Obras Públicas de la Región de Antofagasta: https://antofagasta.mop.gob.cl/.
Posteriormente, el 17 de diciembre se dará paso a la elección de consejeras y consejeros del nuevo Cosoc-MOP, lo cual se realizará con el envío de la lista y un link de votación cada una de las organizaciones que se encuentren acreditadas y puedan ser parte de la elección.
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El seremi de Obras Públicas, Pedro Barrios, indicó que “invitamos a todos los dirigentes y dirigentes que pertenecen a las organizaciones sociales de toda la región y con intereses comunes a la labor del MOP a participar de este proceso participativo y ser parte de nuestro Cosoc, representando a la comunidad de la región de Antofagasta”.
El 29 de diciembre se darán a conocer los nombres de las y los candidatos que han resultado electos, según las reglas antes planteadas.
LEY
La Ley N° 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, reconoce el deber del Estado de promover y apoyar las iniciativas de la sociedad civil. Asimismo, se garantiza el derecho de las personas a participar en la gestión pública, obligando a los órganos de la Administración del Estado a incluir estándares para cada uno de los mecanismos de participación y sus modalidades de financiamiento, a fin de garantizar el cumplimiento de la citada ley.
Los Consejos deberán conformarse de manera diversa, representativa y pluralista por integrantes de organizaciones y asociaciones sin fines de lucro que tengan relación con la competencia del órgano respectivo, favoreciendo la inclusión de grupos tradicionalmente excluidos de acuerdo a lo señalado en este instructivo y a través de los mecanismos eleccionarios que cada órgano defina en sus normas de participación.


