Este jueves, se realizó la lectura de sentencia de los imputados por el caso “Comdesgate”, que involucraba a Jubitza Tapia, Gregorio Gregorio Rodríguez, María Calderón y Carlos Brito en la compra de un inmueble con dineros del per cápita de salud de la Corporación Municipal de Desarrollo Social, cuando era alcalde de Calama Daniel Agusto.
Cabe recordar que, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama condenó a los tres primeros ex directivos mencionados en el párrafo anterior el pasado 4 de diciembre, como coautores del delito consumado de malversación de caudales públicos. Y de igual forma, uno de los condenados, además, fue hallado culpable del delito de negociación incompatible, por los mismos hechos investigados.
En este contexto, tanto Jubitza Tapia, como Gregorio Rodríguez y María Calderón fueron condenados a la pena de multa de 5% del monto sustraído, equivalente a $9 millones quinientos mil por malversación de $190 millones de fondos de Salud en contra de COMDES Calama, junto a la pena accesoria de 4 años de inhabilitación especial temporal para el ejercicio de cargos u oficios públicos en su grado mínimo como autores del delito de malversación de caudales públicos consumado, previsto y sancionado en el artículo 235 inciso 1° del Código Penal.
Sumado a esto, a Tapia se le condena a la pena de 300 días de reclusión menor en su grado mínimo, multa de 5% del valor del interés del negocio, esto es la compraventa del inmueble de calle Condell Nro. 2043, Calama, por $190 millones equivalente a $9.5 millones, y a las accesorias de 4 años de inhabilidad absoluta para cargos, empleos u oficios públicos como autora del delito de negociación incompatible consumado, previsto y sancionado en el artículo 240 Nro. 1 del Código Penal.
Finalmente, Carlos Brito fue absuelto tanto del delito de fraude al fisco previsto y sancionado en el artículo 239 del Código Penal como el recalificado delito de malversación de caudales públicos previsto y sancionado en el artículo 235 del Código Penal, supuestamente cometido en contra de Comdes.