Hace algunos días, fue publicada una noticia en la que, se condenó a la Municipalidad de Independencia a pagarle $20 millones a una mujer que se cayó y fracturó el tobillo en una calle en mal estado. El debate se instaló en las redes sociales respecto al estado de las veredas y de las plazas, principalmente en una ciudad como Calama.
Es más, en la jornada de jueves, llegó a este medio de comunicación una denuncia respecto a la fractura que sufrió un adulto mayor en la intersección de las calles Maipú y Rupanco, motivo por el cual debió ser trasladado hasta el Hospital Carlos Cisternas. El origen de la lesión tuvo que ver justamente con que la víctima tuvo un accidente en la acera mientras caminaba.
Este tropezón, ¿puede significar una demanda?
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Si, según explica el Código Civil, una persona natural puede presentar una demanda civil por responsabilidad civil extracontractual. Estas, se deben presentar por lo general, en contra de las municipalidades, pero también puede ser en conjunto contra el Ministerio de Obras Públicas, si correspondiere, ya que, existe un deber jurídico preexistente por parte de estos entes, de mantener en buen estado los tramos que correspondan a sus jurisdicciones.
Las personas eso sí, tienen hasta cuatro años para ejercer la demanda, además debe tratarse de un daño o perjuicio que sea palpable, es decir, que la lesión sea de consideración. Y, a partir de esto, nacen daños patrimoniales, que tiene que ver con el daño emergente y el lucro cesante, es decir, el daño que nace por romper una herramienta de trabajo o el tiempo que uno no puede trabajar porque estuvo en recuperación; y el extrapatrimonial, que tiene que ver con un daño moral, es decir, el dolo emocional o daño estético que produjo el accidente.
Pero, las municipalidades podrán defenderse, y la forma de hacerlo es probando que la víctima tuvo culpa bajo la figura de «exposición imprudente al daño», que es cuando la persona sabía que, por ejemplo, se estaba realizando una intervención de obras, y decidió de igual forma pasar por el lugar.
Alza en demandas
Un análisis de jurisprudencia elaborado por Trifolia, buscador especializado en investigación jurídica y análisis de datos legales, revela una tendencia creciente en los tribunales chilenos: las municipalidades están enfrentando una mayor responsabilidad por accidentes ocurridos en veredas, plazas, parques y otros espacios públicos. El estudio revisó fallos dictados entre 2023 y 2026, identificando condenas que en algunos casos superan los $400 millones, especialmente cuando existen lesiones graves o fallecimientos.
Según explicó Javier Ramírez Vodnizza, abogado consultor en análisis de jurisprudencia y legislación chilena en Trifolia, estas sentencias reflejan un cambio importante en el estándar judicial aplicado a los gobiernos locales. «Lo que muestran estos fallos es que los tribunales están ampliando el concepto de falta de servicio en el ámbito municipal. Hoy no basta con que exista un contratista o que la infraestructura haya sido instalada por otro organismo; si el espacio es utilizado por la comunidad dentro de la comuna, el municipio tiene un deber activo de supervisión, mantención o advertencia de riesgos”, sostuvo.
Finalmente, especialistas advierten que esta evolución jurisprudencial podría traducirse en estándares cada vez más exigentes para la gestión municipal


