Luego de los alegatos realizado por el asesor Nelson Díaz de la Fiscalía Regional y la Defensa, la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó recurso de nulidad presentada por la defensa contra sentencia condenatoria emitida por el TOP de Calama, que condenó al imputado José Cuevas Meliñir (Jefe de Patrulla Militar) como autor del delito de tortura, a la pena de 4 años de presidio menor en su grado máximo, debiendo cumplirse esta de manera efectiva.
LOS HECHOS
Todo ocurrió el día 17 de abril de 2020 en horas de la noche en la comuna de Calama, cuando luego que una patrulla militar, dentro de un acto de servicio, a cargo del condenado, y dentro del contexto del toque de queda ( Estado de Excepción Constitucional ), detuvieron a 8 civiles por no respetar dicha medida, subiéndolos a un camión militar y trasladándolos luego a un lugar en las afueras de la comuna indicada, en un sector desértico, dentro de ese escenario el condenado procedió ordenar que los civiles permanecieran frente al camión militar, manteniendo éste sus luces encendidas, informándoles a los detenidos que tenía tiros en su arma de servicio, para luego comenzar a “contarles tiempo”, al término del cual los detenidos debían “desaparecer”, mientras simulaba la preparación de su arma de fuego, generando un ruido que fue escuchado por los civiles, quienes asustados por la amenaza, salieron corriendo del lugar en diversas direcciones, luego de lo cual el personal militar abordó el camión y se retiró del lugar rumbo a la primera comisaría de Calama, dejando abandonados a las víctimas a su suerte en el frío y la noche del desierto.
El juicio fue llevado por el Fiscal Jefe de la FL de Calama Cristian Aliaga Ayarza, quien ha señalado que “las especiales circunstancias del hecho en que un funcionario público del Ejercito de Chile a cargo de una patrulla abandona a varios detenidos durante la noche y en pleno desierto, y al bajarlos del camión militar pasan balas de sus armas militares, constituye uno los atentados más graves a los Derechos Humanos en la Region y el país en el contexto del estado de excepción que rigió en el país y la Fiscalía la logrado una ejemplar condena”.
La sentencia del Tribunal Oral en lo Penal de Calama impuso como condena por el delito de torturas al funcionario militar a una pena de 4 años de privación de libertad y además, las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y además, que se debe cumplir la pena privativa de libertad en forma efectiva.