En fallo unánime, el tribunal –integrado por las magistradas María Isabel Rojas Medar (presidenta), Paula Ortiz Saavedra y Patricia Alvarado Padilla (redactora)– aplicó, además, a Baker Collao la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos e inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena.
En la causa, el tribunal condenó a Guillermo David Baker Collao a la pena de 3 años y un día de presidio efectivo en calidad de autor del delito de disparos injustificados, y a la pena de 300 días de presidio, como autor del delito de amenazas condicionales en contexto de violencia intrafamiliar. Ambos ilícitos perpetrados el 14 de junio de 2021.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación al registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal, dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que “el día 14 de junio de 2021, cerca de las 02:45 horas, Guillermo Baker Collao, acompañado de un tercero y por su intermedio, tomó contacto telefónico con su ex conviviente la víctima, fingiendo que aquel estaba herido a bala, al interior de un automóvil ubicado en una estación de combustible ubicado en la intersección de las calles Juan Bolívar con Huamachuco de esta ciudad, hasta donde le pidieron concurrir. Al llegar al lugar la ofendida, Baker Collao fue ingresado al asiento posterior del automóvil que conducía para llevarlo al hospital. En el trayecto, Baker Collao reclamó a la mujer “vo me cagaste a mí y te voy a matar gila culia, maneja,” sacó de entre sus vestimentas un arma de fuego y se ubicó en el asiento de copiloto, le apuntó con el arma al pecho a la mujer, quien detuvo el móvil y forcejeó con el acusado para impedir que le disparara, al tiempo que aquel le indicaba “te voy a matar”, disparándole en la pierna derecha y huyendo del lugar. A raíz de lo anterior, la víctima resultó con herida por proyectil balístico, con entrada de aspecto anterolateral, tercio superior de la pierna derecha y salida en aspecto posteromedial, tercio medio de la misma, lesiones de carácter menos graves”.
“Posteriormente, a las 04:50 horas del mismo día 14 de junio, Baker Collao, concurrió en compañía de un tercero no identificado, a bordo de una moto, hasta el inmueble donde residía la víctima, y efectuó tres disparos dirigidos al primer piso de la vivienda, con el propósito de intimidarla, para luego huir del lugar; sin embargo, no logró establecerse la presencia de la víctima o de terceras personas en dicha planta del inmueble”.
Finalmente, tras los hechos anteriores, “el imputado Guillermo Baker Collao, utilizando el número de teléfono, llamó repetidas veces a la víctima profiriendo diversas amenazas, logrando aproximadamente a las 16:00 horas de ese día, grabar cuatro de esas llamadas, en una de las cuales el imputado expresó: “Te voy a matar a tus hijos y a ti gila culiá, sácame la demanda y transfiéreme la casa”, y otras amenazas en términos semejantes”.