Esta jornada a través del Diario Oficial, se publicó la resolución que permite la renovación parcelizada de licencias de conducir, la cual agilizará la realización del trámite. Cabe manifestar que las licencias vencidas en 2020 y 2021 deben renovarse este año.
En el decreto cosnta que “modifíquese la ley N°18.290 de Trnasito, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de Ley N°1, de 2007, de los Ministerios de Transporte y Telecomunicaciones y Justicia, de la siguiente forma:
1.Sustitúyase la expreción “artículo transitorio” que se encuenbtra a continuación del artículo 5° transitorio, por la siguente: “artículo 6°”.
“Las licencias no profesionales clase B, C o especiales, cuyo control corresponda realizar originalmente durante los años 2020, 21, 22, 23 o 24 se renovarán por el plazo que resta conforme a lo establecido en el artículo 19, contando desde la fecha de vencimiento consignada en el documento. Para el caso de las licencias profesionales y aquellas que hayan otorgado conforme al inciso final del artículo 22, su renovación se otorgará por el tiempo que corresponda de acuerdo a las reglas generales”.
A continuación la publicación oficial: