Por medio de una resolución, la Corte de Apelaciones de Antofagasta declaró como “inadmisible” el recurso de protección presentado por algunos alcaldes del norte en contra del Servicio Local de Educación Pública (Slep) Licancabur.
En el escrito, escribieron que “en el recurso de protección no dan cuenta de la existencia de una vulneración o amenaza a la garantía constitucional que invoca, teniendo asimismo presente que la implementación de los Servicios Locales de Educación Pública obedecen a lo dispuesto en la ley 21.040 y a sus artículos transitorios, no es posible establecer de los presupuestos fácticos que invoca el recurrente la existencia de vulneración a la garantía constitucional aludida en los términos pretendidos por el actor, lo que importa necesariamente la imposibilidad de continuar su tramitación por carecer de presupuestos de admisibilidad de la acción constitucional”.
Por esta razón, “y conforme lo dispuesto en el numeral segundo del Auto Acordado sobre tramitación de Recurso de Protección de la Excma. Corte Suprema, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto”, agregaron.
Cabe recordar que. el pasado 27 de septiembre, el Gobierno publicó y anunció que a partir del 1 de enero de 2025 el Slep Licancabur, que comprende Calama, San Pedro de Atacama, Ollagüe, María Elena y Tocopilla, comenzará a funcionar.