Respecto a la información de que quince docentes de Calama fueron despedidos a partir del 1 de octubre por parte del Servicio Local de Educación Pública (SLEP) Licancabur por lo establecido en el artículo 19 S del Estatuto Docente, desde el organismo se pronunciaron.
«Las desvinculaciones efectuadas corresponden a la normativa que dispone la desvinculación de profesionales de la educación que, encontrándose en las situaciones allí contempladas, no logran avanzar en los procesos consecutivos de reconocimiento profesional establecidos por el Sistema de Desarrollo Profesional Docente», declararon.
En la oportunidad, agregaron que «los antecedentes que dieron origen a este proceso fueron informados al Servicio Local a partir de información proporcionada por el Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas (CPEIP), correspondiendo al SLEP Licancabur verificar la situación de los profesionales pertenecientes a su dotación y proceder conforme a la legislación vigente».
Asimismo, aclararon que «no se trata de un proceso de despido masivo definido discrecionalmente por el SLEP Licancabur, sino del cumplimiento de una disposición establecida en el Estatuto Docente respecto de casos individuales que cumplen con las condiciones determinadas por la normativa».
Y, por último, aseguraron que «no existe un proceso de despidos masivos planificado por el Servicio. Cualquier situación futura deberá responder a los antecedentes oficiales proporcionados por los organismos competentes y a las disposiciones establecidas en la legislación vigente».




